AUTÓNOMOS SOCIETARIOS

Autónomo Societario: Características y Obligaciones

En el complejo entramado del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en España, encontramos diferentes figuras que se adaptan a las diversas formas de emprendimiento. Una de estas figuras, a menudo rodeada de dudas e interrogantes, es la del autónomo societario. A pesar de compartir ciertas características con otros tipos de autónomos, el autónomo societario presenta particularidades en cuanto a su régimen fiscal, laboral y de cotización. En este artículo, desgranaremos en detalle qué es un autónomo societario, cuándo es necesario darse de alta bajo esta modalidad, cuáles son sus responsabilidades, ventajas y desventajas, y cómo se diferencia de un autónomo convencional. Te ayudaremos a comprender esta figura clave en el panorama empresarial español.

¿Qué es un Autónomo Societario?

Un autónomo societario es aquel trabajador por cuenta propia que, para desarrollar su actividad económica, ha constituido una sociedad mercantil (como una Sociedad Limitada o Sociedad Anónima) y tiene un control efectivo de la misma. Este control efectivo se define, según la Seguridad Social, por poseer al menos:

  • El 50% del capital social, ya sea directa o indirectamente, a través de familiares hasta el segundo grado de consanguinidad, afinidad o adopción.
 
  • El 25% del capital social si se ejercen funciones de dirección y gerencia.
 
  • El 33% del capital social si se convive con uno de los socios que sea familiar hasta el segundo grado y que posea a su vez al menos el 50% del capital.
 

En esencia, el autónomo societario es un empresario que, en lugar de operar bajo su propio nombre, lo hace a través de una persona jurídica (la sociedad) de la cual es socio mayoritario o directivo.

Cuándo Darse de Alta como Autónomo Societario

Es obligatorio darse de alta como autónomo societario cuando se cumplan las siguientes condiciones:

  • Constitución de una sociedad mercantil: Como ya hemos mencionado, es imprescindible haber formado una Sociedad Limitada (SL), Sociedad Anónima (SA) u otra forma de sociedad mercantil.
 
  • Posesión de control efectivo de la sociedad: Tal como se define en el apartado anterior, se debe poseer un porcentaje significativo del capital social y/o ejercer funciones de dirección y gerencia.
 
  • Realización de una actividad económica: La sociedad debe desarrollar una actividad económica de forma habitual, personal y directa, que no esté sujeta a un contrato de trabajo por cuenta ajena.
 
  • Percepción de rendimientos por la actividad: El autónomo debe percibir rendimientos económicos por su trabajo en la sociedad, ya sea a través de nómina, facturas o reparto de beneficios.
 

Si se cumplen estos requisitos, el alta en el RETA como autónomo societario es ineludible.

Pasos a seguir para Darse de Alta como Autónomo Societario

El proceso de alta como autónomo societario implica los siguientes pasos:

  • Constitución de la Sociedad: Acudir al notario para formalizar la constitución de la sociedad mercantil y su posterior inscripción en el Registro Mercantil.
 
  • Solicitud del NIF: Obtener el Número de Identificación Fiscal (NIF) de la sociedad ante la Agencia Tributaria.
 
  • Alta en Hacienda (Modelo 036 o 037): Declarar el inicio de la actividad económica de la sociedad a través del modelo 036 o 037, indicando el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) correspondiente.
 
  • Alta en la Seguridad Social (Modelo TA.0521): Presentar el modelo TA.0521 en la Tesorería General de la Seguridad Social para formalizar el alta en el RETA como autónomo societario. Deberá presentarse el modelo 036 o 037 que se presentó ante Hacienda. Es posible presentar este modelo a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
 
  • Obtención de Certificado Digital (opcional pero recomendable): Facilita la realización de trámites telemáticos con la Administración.

Es importante realizar estos trámites en el plazo establecido, generalmente, antes del inicio de la actividad o en los 60 días previos al alta en la Seguridad Social.

Diferencias con un Autónomo Convencional

Aunque ambos son trabajadores por cuenta propia, existen notables diferencias entre un autónomo societario y un autónomo convencional (individual):

  • Forma Jurídica: El autónomo convencional desarrolla su actividad bajo su propio nombre, mientras que el autónomo societario lo hace a través de una sociedad mercantil.
 
  • Responsabilidad: El autónomo convencional responde con todo su patrimonio personal ante las deudas de su negocio. En cambio, la responsabilidad del autónomo societario está limitada al capital aportado a la sociedad, protegiendo en mayor medida su patrimonio personal (aunque existen excepciones, como se verá más adelante).
 
  • Fiscalidad: El autónomo convencional tributa por el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas), mientras que la sociedad a través de la que opera el autónomo societario tributa por el Impuesto de Sociedades. El autónomo societario, a su vez, puede tributar por IRPF por los rendimientos que obtenga de la sociedad (nómina o dividendos).
 
  • Cotización: La base de cotización del autónomo societario suele ser superior a la de un autónomo convencional, como veremos en el siguiente punto.
 
  • Contabilidad: El autónomo societario está obligado a llevar una contabilidad más compleja y formal, ajustada al Plan General Contable.

Cómo cotiza un Autónomo Societario a la Seguridad Social

La cotización a la Seguridad Social de un autónomo societario presenta particularidades:

  • Base de Cotización: La base mínima de cotización de un autónomo societario está establecida en el grupo 1 de cotización del Régimen General, que es superior a la base mínima de los autónomos convencionales. En 2023, la base mínima para un autónomo societario es de 1.300 euros mensuales, mientras que la base mínima general para autónomos es de 950,98 euros. En 2024 la base mínima del autónomo societario será igual que la de los trabajadores del Grupo 7 del Régimen General.
 
  • Cuota: La cuota mensual a pagar se calcula aplicando el tipo de cotización vigente (actualmente, el 31,20%) a la base de cotización elegida. Por lo tanto, la cuota mínima de un autónomo societario en 2023 es superior a la de un autónomo convencional.
 
  • Bonificaciones: A diferencia de los autónomos individuales, los autónomos societarios no pueden acogerse a la «tarifa plana» para nuevos autónomos, que reduce la cuota durante los primeros años de actividad, a partir de la modificación introducida en la Ley 31/2015.
 
  • Nómina de la sociedad: A partir de la reforma de la Ley de Autónomos del año 2017, los autónomos societarios pueden deducir en el Impuesto de Sociedades su cotización a la Seguridad Social siempre que hayan recibido una nómina de la sociedad.

Requisitos para la Jubilación de un Autónomo Societario

Los requisitos para la jubilación de un autónomo societario son, en esencia, los mismos que para cualquier otro autónomo:

  • Edad: Haber alcanzado la edad legal de jubilación, que varía en función de los años cotizados.
 
  • Periodo de Cotización: Haber cotizado un mínimo de 15 años, de los cuales al menos 2 deben estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores a la fecha de jubilación.
 
  • Estar al corriente de pago: No tener deudas con la Seguridad Social.
 
  • Cese de la actividad: Es necesario el cese efectivo de la actividad, aunque existe la posibilidad de la jubilación activa, que permite compatibilizar el cobro de la pensión con el ejercicio de la actividad. Si se tiene contratado al menos a un trabajador por cuenta ajena, se puede compatibilizar la actividad con el cobro del 100% de la pensión. Si no se tienen trabajadores contratados, la compatibilidad de la pensión con el ejercicio de la actividad es del 50%.

Responsabilidades del Autónomo Societario ante Terceros

Aunque la constitución de una sociedad mercantil limita la responsabilidad del autónomo societario al capital aportado, existen excepciones en las que puede responder con su patrimonio personal:

  • Deudas con la Seguridad Social y Hacienda: El autónomo societario puede ser considerado responsable subsidiario de las deudas de la sociedad con la Seguridad Social y Hacienda.
 
  • Actuaciones fraudulentas o negligentes: Si se demuestra que el autónomo societario ha actuado de forma fraudulenta o negligente en la gestión de la sociedad, puede ser considerado responsable de las deudas contraídas.
 
  • Administradores de la Sociedad: Los administradores de la sociedad tienen una responsabilidad específica en la gestión y pueden responder con su patrimonio personal en caso de mala praxis.
 
  • Avales personales: Si el autónomo societario ha avalado personalmente las deudas de la sociedad, responderá con su patrimonio personal en caso de impago.

Ventajas y Desventajas de ser Autónomo Societario

Ventajas:

  • Limitación de Responsabilidad: La principal ventaja es la protección del patrimonio personal, ya que la responsabilidad, en la mayoría de los casos, se limita al capital aportado a la sociedad.
 
  • Imagen Profesional: Operar a través de una sociedad puede proyectar una imagen de mayor solidez y profesionalidad ante clientes y proveedores.
 
  • Acceso a Financiación: Las sociedades mercantiles suelen tener mayor facilidad de acceso a financiación bancaria que los autónomos individuales.
 
  • Beneficios Fiscales: Dependiendo de los beneficios, puede resultar más ventajoso tributar por el Impuesto de Sociedades que por el IRPF, por ejemplo, si se decide no repartir dividendos entre los socios y dejarlos como reservas de la sociedad para poder realizar futuras inversiones.
 
  • Posibilidad de contratar trabajadores: De forma más sencilla y con una estructura empresarial más definida.
 

Desventajas:

  • Mayor Complejidad: La constitución y gestión de una sociedad es más compleja y costosa que la de un autónomo individual.
 
  • Costes de Constitución y Gestión: Hay que asumir los gastos de notaría, registro mercantil, gestoría, etc.
 
  • Mayor Cotización: La base mínima de cotización y, por ende, la cuota mensual, son superiores a las de un autónomo convencional.
 
  • Menos Bonificaciones: No se pueden aplicar bonificaciones como la «tarifa plana».
 
  • Obligaciones Contables y Formales: Se debe llevar una contabilidad más rigurosa y cumplir con más obligaciones formales.

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En resumen

El autónomo societario es una figura compleja, con sus propias características, obligaciones y ventajas. Es una opción interesante para aquellos emprendedores que buscan limitar su responsabilidad y proyectar una imagen más sólida, pero también implica mayores costes y una gestión más compleja. Es fundamental informarse adecuadamente y valorar todos los factores antes de optar por esta modalidad.

Para finalizar

Esperamos que esta guía completa sobre el autónomo societario te haya ayudado a aclarar tus dudas y a comprender mejor esta figura. Recuerda que cada caso es único y que es fundamental contar con asesoramiento profesional para tomar la mejor decisión para tu negocio. Analiza tu situación, sopesa los pros y los contras y elige la opción que mejor se adapte a tus necesidades y objetivos empresariales. El éxito de tu emprendimiento depende, en gran medida, de tomar decisiones informadas.

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