RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL Y EXTRACONTRACTUAL

RC Contractual vs. Extracontractual: Guía para entender sus Diferencias

La responsabilidad civil es la obligación legal de reparar un daño causado a otro. Dentro de este concepto fundamental, existen dos grandes ramas: la responsabilidad civil contractual y la extracontractual. Aunque ambas buscan compensar a la víctima por el perjuicio sufrido, sus orígenes, requisitos y consecuencias son distintos. Entender estas diferencias es crucial tanto para particulares como para empresas, ya que afecta a la forma en que se reclaman los daños y a la protección que ofrecen los seguros. Este artículo proporciona una guía completa y detallada sobre las diferencias entre la responsabilidad civil contractual y extracontractual, utilizando un lenguaje claro y ejemplos prácticos.

¿Qué son la Responsabilidad Civil Contractual y la Extracontractual?

Responsabilidad Civil Contractual (RCC): Surge cuando el daño es consecuencia del incumplimiento de una obligación previamente establecida en un contrato. Un contrato, ya sea escrito o verbal, crea una serie de obligaciones para las partes involucradas. Si una de las partes no cumple con lo acordado (por ejemplo, no entrega un producto en el plazo estipulado, realiza un servicio defectuoso, o incumple una cláusula de confidencialidad), y este incumplimiento causa un daño a la otra parte, nace la responsabilidad contractual.

  • Ejemplo: Una empresa constructora que no termina una obra en el plazo acordado, causando pérdidas económicas al propietario.
 
  • Base legal: En España, la responsabilidad contractual se regula principalmente en el Código Civil, artículos 1101 y siguientes.
 

Responsabilidad Civil Extracontractual (RCE): También conocida como responsabilidad aquiliana, se produce cuando el daño se causa fuera del ámbito de una relación contractual preexistente. En este caso, no hay un contrato previo que una a las partes. La obligación de reparar el daño nace de un principio general: el deber de no causar daño a otros.

  • Ejemplo: Un conductor que, por negligencia, atropella a un peatón.
 
  • Base legal: En España, la responsabilidad extracontractual se regula principalmente en el Código Civil, artículo 1902 y siguientes.

¿Qué Diferencias hay entre Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual?

Las diferencias entre la RCC y la RCE son significativas y abarcan varios aspectos clave:

Origen de la Obligación:

  • RCC: La obligación de reparar nace del incumplimiento de un contrato.
 
  • RCE: La obligación nace de la violación del deber genérico de no causar daño a otro (sin que exista un contrato previo).
 

Carga de la Prueba:

  • RCC: En general, la carga de la prueba es más sencilla para el demandante. Basta con demostrar la existencia del contrato y el incumplimiento. La culpa del deudor se presume, salvo que este pruebe que el incumplimiento se debió a caso fortuito o fuerza mayor.
 
  • RCE: El demandante debe probar todos los elementos de la responsabilidad: la acción u omisión negligente, el daño causado, y la relación de causalidad entre la acción y el daño. La culpa no se presume; debe ser demostrada.
 

Plazo de Prescripción (Plazo para reclamar):

  • RCC: En España, el plazo general de prescripción para las acciones derivadas de la responsabilidad contractual es de 5 años (tras la reforma de la Ley 42/2015, que modificó el artículo 1964 del Código Civil). Anteriormente, el plazo era de 15 años. Es fundamental tener en cuenta este cambio, porque aplica a las relaciones contractuales existentes y nuevas desde el 7 de octubre de 2015. Para relaciones juridicas nacidas entre el 7 de octubre de 2000 y el 7 de octubre de 2005, el plazo expira el 7 de octubre de 2020. Para las nacidas entre el 7 de octubre de 2005 y el 7 de octubre de 2015, no se aplicara en ningún caso el articulo 1964, sino el 1939.
 
  • RCE: El plazo de prescripción es mucho más corto: 1 año desde que el agraviado tuvo conocimiento del daño y de quién fue el causante (artículo 1968.2 del Código Civil).
 

Grado de Culpa:

  • RCC: Aunque la culpa se presume, la ley distingue entre diferentes grados (dolo, culpa, caso fortuito). Esto puede influir en la cuantía de la indemnización.
 
  • RCE: Se analiza la culpa o negligencia del causante del daño. La jurisprudencia ha evolucionado hacia una «objetivación» de la responsabilidad, es decir, se tiende a considerar responsable al causante del daño incluso si su negligencia fue mínima.
 

Extensión de la Indemnización:

  • RCC: La indemnización suele limitarse a los daños previstos o que se hubieran podido prever al tiempo de constituirse la obligación, salvo en caso de dolo (intención de causar daño).
 
  • RCE: La indemnización busca la reparación íntegra del daño, incluyendo tanto el daño emergente (pérdida directa) como el lucro cesante (ganancias dejadas de obtener).
 

Tipos de Daños Indemnizables:

  • RCC: Usualmente se cubren los daños patrimoniales (económicos) derivados del incumplimiento. Los daños morales son más difíciles de reclamar, aunque no imposibles, y requieren una prueba más sólida.
 
  • RCE: Se indemnizan tanto los daños patrimoniales como los daños morales (daño psicológico, sufrimiento, etc.).
 

Solidaridad:

  • RCC: Si hay varios deudores, la responsabilidad es mancomunada (cada uno responde por su parte), salvo que se pacte expresamente la solidaridad (cualquiera responde por el total).
 
  • RCE: Si hay varios causantes del daño, la jurisprudencia suele aplicar la solidaridad: la víctima puede reclamar la totalidad de la indemnización a cualquiera de ellos.

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Análisis de Coberturas: Es fundamental revisar las pólizas de seguro de responsabilidad civil para determinar si cubren tanto la responsabilidad contractual como la extracontractual, y en qué medida. Muchas pólizas se centran en la RCE y pueden tener exclusiones o limitaciones importantes para la RCC.

Asesoramiento Profesional: Es recomendable buscar el asesoramiento de un abogado especializado en seguros y responsabilidad civil. Un profesional puede analizar la póliza, identificar posibles lagunas y negociar con la aseguradora para obtener una cobertura más completa.

Preguntas Clave:

  • ¿Mi póliza cubre los daños derivados de incumplimientos contractuales?
 
  • ¿Cuál es el límite de indemnización para cada tipo de responsabilidad?
 
  • ¿Existen exclusiones relevantes (por ejemplo, daños causados por subcontratistas)?
 
  • ¿La póliza cubre los daños morales?
 
  • ¿Cubre los daños causados por negligencia profesional?
 

Adaptación a la Actividad: Las empresas deben asegurarse de que su seguro de responsabilidad civil se ajuste a los riesgos específicos de su actividad. Una empresa constructora, por ejemplo, necesita una cobertura diferente a la de un profesional liberal.

En resumen

La responsabilidad civil contractual y la extracontractual son dos figuras jurídicas esenciales con diferencias clave en cuanto a su origen, requisitos, plazos y consecuencias. La RCC nace del incumplimiento de un contrato, mientras que la RCE surge de la obligación general de no dañar a otros. Estas diferencias impactan en la forma de reclamar, la carga de la prueba y la cobertura de los seguros.

Para finalizar

Comprender las diferencias entre la responsabilidad civil contractual y extracontractual es vital para proteger tus derechos y evitar sorpresas desagradables. Si has sufrido un daño, ya sea por el incumplimiento de un contrato o por una acción negligente ajena, es fundamental buscar el asesoramiento de un abogado especializado en responsabilidad civil. Un profesional cualificado podrá analizar tu caso, determinar el tipo de responsabilidad aplicable, calcular la indemnización correspondiente y guiarte en el proceso de reclamación. Además, si tienes un seguro de responsabilidad civil, un abogado puede ayudarte a interpretar la póliza y a defender tus intereses frente a la aseguradora. No dudes en buscar ayuda legal para proteger tus derechos.

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