ALTAS Y BAJAS DE VEHÍCULOS EN LA DGT
Altas y Bajas de Vehículos en la DGT: Guía actualizada
Los trámites ante la Dirección General de Tráfico (DGT) son esenciales para mantener tu vehículo en regla y evitar posibles sanciones. Si necesitas dar de alta o de baja un vehículo, ya sea de forma temporal o definitiva, esta guía te proporcionará toda la información necesaria para realizar el proceso de manera sencilla y eficiente.
Dar de Alta un Vehículo proveniente de Baja Temporal
Si tu vehículo ha estado en situación de baja temporal, «resucitarlo» es más fácil de lo que piensas. Sigue estos pasos para darlo de alta de nuevo:
¿Cómo hacerlo?
- Vehículos agrícolas: Si tu vehículo es agrícola, primero debes registrarlo en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA) de tu Comunidad Autónoma.
- Solicitud en la DGT: Puedes presentar la solicitud de alta en la DGT de forma online a través de su sede electrónica o presencialmente en una Jefatura de Tráfico. Necesitarás la documentación del vehículo y tu DNI.
- Pago de tasas: Abona la tasa correspondiente, que en 2023 es de 8,67€. Puedes realizar el pago online o en la Jefatura.
- ITV y Seguro: Asegúrate de que la ITV de tu vehículo esté vigente y de tener un seguro contratado antes de circular. Si la ITV está caducada, deberás llevar el vehículo en grúa a la estación para pasar la inspección.
- Impuesto de circulación: La DGT notificará el alta del vehículo al ayuntamiento donde tengas tu domicilio fiscal, quien te pasará el impuesto de circulación correspondiente.
Enlaces útiles:
- Solicitud de alta en la DGT: https://sede.dgt.gob.es/es/vehiculos/altas-bajas-y-rehabilitacion/alta-de-vehiculo/
- Información sobre la ITV: https://www.dgt.es/conoce-la-dgt/con-quien-trabajamos/itv/
Rehabilitar o dar de Alta un Vehículo proveniente de Baja Definitiva
Aunque parezca imposible, en algunos casos puedes «revivir» un vehículo con baja definitiva. Esto se conoce como rehabilitación y es posible en las siguientes situaciones:
¿Cuándo es posible?
- Si el vehículo fue dado de baja por exportación y ha regresado a España.
- Si se trata de un vehículo histórico que cumple con los requisitos establecidos por la DGT.
- Si el vehículo fue adjudicado en una subasta específica del Plan Nacional sobre Drogas.
¿Cómo rehabilitar tu vehículo?
- Inicia el trámite en la DGT: Presenta la documentación requerida (DNI, permiso de circulación, tarjeta de inspección técnica) y obtén el informe favorable y los documentos necesarios para la ITV.
- Pasa la ITV: Solicita una cita para una revisión específica de rehabilitación. Si el vehículo no puede circular por sus propios medios, deberás trasladarlo en grúa.
- Paga el impuesto de circulación: Ponte al corriente con el pago del impuesto de circulación en el ayuntamiento correspondiente.
- Finaliza el trámite en la DGT: Entrega la documentación de la ITV y el justificante de pago del impuesto de circulación.
- Contrata un seguro: No olvides contratar un seguro para tu vehículo antes de circular.
Costes:
- 99,77€ para vehículos en general.
- 27,85€ para ciclomotores.
Enlaces de interés:
- Rehabilitación de vehículos: https://sede.dgt.gob.es/es/vehiculos/altas-bajas-y-rehabilitacion/rehabilitacion-de-vehiculo/
- Rehabilitación de vehículos históricos: https://www.dgt.es/nuestros-servicios/tu-vehiculo/vehiculos-historicos/rehabilitacion-de-vehiculos-historicos/
Dar de Baja Temporal un Vehículo en la DGT
Si necesitas dejar de usar tu vehículo durante un tiempo, pero no quieres darlo de baja definitivamente, la baja temporal es la solución.
Ventajas:
- Ahorro: Te exime del pago del impuesto de circulación y te da la posibilidad de suspender tu seguro.
- Flexibilidad: Puedes renovar la baja temporal anualmente tantas veces como necesites.
- Reversibilidad: Puedes dar de alta el vehículo de nuevo cuando lo desees.
Consideraciones:
- No puedes circular: El vehículo no se puede utilizar mientras esté de baja temporal.
- Lugar de estacionamiento: Si el vehículo está estacionado en la vía pública, deberás mantener el seguro y la ITV al día.
Trámite de baja temporal:
- Solicitud en la DGT: Realiza el trámite online a través de la sede electrónica de la DGT o presencialmente en una Jefatura de Tráfico.
- Notificación a la aseguradora: Informa a tu compañía de seguros sobre la baja temporal para ajustar tu póliza.
- Vehículos agrícolas: Si tu vehículo es agrícola, primero debes darlo de baja en el ROMA.
Coste: 8,67€
Más información:
- Baja temporal de vehículos: https://sede.dgt.gob.es/es/vehiculos/altas-bajas-y-rehabilitacion/baja-temporal/
Situación del Vehículo durante la Baja Temporal
Durante la baja temporal, tu vehículo estará en un estado de «hibernación administrativa».
- Duración: La baja temporal tiene una duración de un año, pero puedes solicitar prórrogas anuales.
- Alta automática: Si no renuevas la baja temporal, el vehículo se dará de alta automáticamente al finalizar el plazo.
- Restricciones: No puedes circular con el vehículo mientras esté de baja temporal.
- Seguro e ITV: Si el vehículo está estacionado en la vía pública, debe tener el seguro y la ITV vigentes, incluso durante la baja temporal.
Preguntas Frecuentes sobre la Baja Temporal
- ¿Puedo dar de baja un vehículo sin papeles? Sí, puedes presentar una declaración responsable explicando la situación.
- ¿Cuándo dejo de pagar el impuesto de circulación? El impuesto de circulación se genera el 1 de enero. Si das de baja el vehículo antes de fin de año, evitarás el impuesto del siguiente año.
- ¿Debo notificar la baja al ayuntamiento? No, la DGT se encarga de informar al ayuntamiento correspondiente.
Dar de Baja Definitiva un Vehículo en la DGT
Cuando tu vehículo llega al final de su vida útil, la baja definitiva es el trámite necesario para retirarlo de la circulación de forma permanente.
Proceso:
- Entrega en un desguace autorizado: Lleva tu vehículo a un Centro Autorizado de Tratamiento (CAT).
- Trámite por el CAT: El CAT se encargará de tramitar la baja definitiva en la DGT y de la destrucción del vehículo.
- Certificado de destrucción: Conserva el certificado de destrucción que te entregue el CAT como prueba de la baja definitiva.
Coste: Gratuito
Casos especiales:
- Vehículos históricos: Puedes solicitar una baja definitiva sin destrucción si el vehículo tiene valor histórico.
- Vehículos desaparecidos: Si el vehículo ya no existe pero sigue dado de alta, puedes solicitar su baja bajo ciertas condiciones.
Enlaces relevantes:
- Baja definitiva de vehículos: https://sede.dgt.gob.es/es/vehiculos/altas-bajas-y-rehabilitacion/baja-definitiva-ordinaria/
Baja de Vehículos Históricos
Si tu vehículo es histórico, puedes preservarlo solicitando una baja definitiva especial sin destrucción. Consulta los requisitos específicos en la página web de la DGT o en una Jefatura de Tráfico.
Más información:
- Baja de Vehículos Históricos: https://www.dgt.es/nuestros-servicios/tu-vehiculo/vehiculos-historicos/baja-definitiva-de-un-vehiculo-historico/
Baja Definitiva de Vehículos que ya no existen materialmente
Si tu vehículo ha desaparecido pero sigue registrado en la DGT, puedes solicitar su baja si cumple con las siguientes condiciones:
- No ha pasado la ITV ni ha tenido seguro en los últimos 10 años.
- Si tiene menos de 15 años, debes aportar el certificado de destrucción.
Costes:
- Gratuito si el vehículo tiene más de 15 años.
- 8,67€ si tiene menos de 15 años.
Más información:
- Baja Definitiva de Vehículos que ya no existen materialmente: https://sede-pro.dgt.gob.es/es/vehiculos/altas-bajas-y-rehabilitacion/baja-definitiva-de-vehiculos-que-ya-no-existen-materialmente/
Preguntas Frecuentes sobre la Baja Definitiva
- ¿Puedo dar de baja un coche cuyo titular ha fallecido? Sí, presentando una declaración responsable específica y la documentación que acredite el fallecimiento del titular y tu relación con el mismo.
- ¿Puedo dar de baja un vehículo sin papeles? Sí, mediante una declaración responsable explicando la situación y aportando la documentación que puedas tener.
- ¿Cuándo dejo de pagar el impuesto de circulación? El impuesto de circulación se genera el 1 de enero. Si das de baja el vehículo antes de fin de año, evitarás el impuesto del siguiente año.
- ¿Debo notificar la baja al ayuntamiento? No, la DGT se encarga de informar al ayuntamiento correspondiente.
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En resumen
Dar de alta o de baja un vehículo en la DGT es un trámite fundamental para cumplir con la normativa vigente. Ya sea que necesites dar de alta un vehículo después de una baja temporal, rehabilitar un vehículo con baja definitiva o dar de baja tu vehículo de forma temporal o definitiva, es importante seguir los pasos adecuados y presentar la documentación correcta. Recuerda que la DGT ofrece la posibilidad de realizar muchos de estos trámites online a través de su sede electrónica, lo que facilita y agiliza el proceso.
Para finalizar
Esperamos que esta guía te haya sido útil para comprender los trámites de altas y bajas de vehículos en la DGT. Si tienes alguna duda o necesitas más información, no dudes en contactar con la DGT o con profesionales del sector que puedan asesorarte.
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